jueves, 19 de agosto de 2010

Conferencia que sobre la Ley de la Juventud del Estado de México, presenta el Diputado Guillermo César Calderón León.


Amigas y amigos:

En  nuestra Nación, los derechos de las niñas, niños y jóvenes, tienen rango Constitucional desde el año 1917. Los recoge su Artículo 3º a través del que, el Constituyente original, garantizó a este sector de la población educación laica, gratuita y obligatoria, comprometiendo  al Estado Mexicano a desarrollar, mediante ella, todas las facultades del ser humano y fomentar en él, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia.

A casi un siglo de que los derechos de las niñas, niños y jóvenes mexicanos adquirieron lugar en el pacto social, el desarrollo de esos privilegios Constitucionales presenta un enorme pasivo en contra de sus beneficiarios. Es de verse que la legislación secundaria a nivel federal camina a paso lento en este rubro.

Lo mismo ocurre en las entidades federativas y sus municipios.

Con la visión de estadista que lo caracteriza, el Lic. Enrique Peña Nieto, Gobernador Constitucional de nuestro Estado, se propuso desde su campaña proselitista, desdoblar los derechos de la juventud consagrados en la Constitución local, enviando al Poder Legislativo la iniciativa de Ley que aquí comento, así como las políticas públicas y los mecanismos de tutela que garanticen el acceso y disfrute de los mismos a cada uno de los más de 4.5 millones de personas en edad de 12 a 29 años, a los que se les denomina jóvenes.

Previo a la Sesión Plenaria de la “LVII” Legislatura local, del pasado jueves 12 de agosto del año en curso, se desarrollaron los trabajos de la Comisión Legislativa de la Juventud y el Deporte, en cuyo seno se discutieron las iniciativas de Ley de la Juventud que presentaron por separado el Diputado Constanzo de la Vega Membrillo, y la suscrita por el Titular del Ejecutivo Estatal.

De su estudio, los miembros de la Comisión concluimos, que ambos proyectos debían coexistir en un solo documento por ser congruentes y complementarios uno de otro, pues sus puntos de convergencia, a nuestro parecer, redundan en la mejora a la calidad de vida de los jóvenes del Estado.

En ese orden de ideas se sometió al escrutinio del Pleno  la iniciativa de Ley de la Juventud del Estado de México, que presento a ustedes ya aprobada.

La Ley en comento se compone de 4 Títulos, 10 Capítulos y 4 Secciones, para un total de 34 Artículos ordinarios y 7 Artículos Transitorios.

El Título Primero de  la Ley se refiere en su Capítulo Único, a la Naturaleza Jurídica de la Ley,  el  rango de disposición de orden público, así como a su interés social y el ámbito territorial en que es obligatoria.  

El Título Segundo se refiere a los derechos y obligaciones de los jóvenes, desarrollando  en su Capítulo Primero los derechos subjetivos en los ámbitos Civiles y políticos, sociales, económicos y culturales, esto mediante las cuatro secciones que le dan cuerpo.

El Capítulo Segundo se ocupa de señalar las obligaciones de los jóvenes con la Patria, nuestro Estado, la sociedad y la justicia.

Por su parte  Título Tercero reconoce al Instituto Mexiquense de la Juventud como Organismo Público Descentralizado y le encomienda las tareas de planeación, programación y ejecución de las acciones que garanticen el desarrollo integral de este sector de la población.

Finalmente  el Título Cuarto, el legislador estableció las responsabilidades específicas de cada uno de los 3 Poderes del Estado y de los 2 niveles de gobierno, garantizando  a través de  políticas públicas, el acceso a los derechos subjetivos de los jóvenes que tutela esta Ley.

Puedo decir que los jóvenes mexiquenses tenemos motivos suficientes para estar felices en este día, pues la Ley de la Juventud del Estado de México que el Congreso local tuvo a bien aprobar a iniciativa del Titular del Ejecutivo, es el mejor regalo que se puede recibir, también es el más grande, habida cuenta de que con su sola publicación  llega a más de 4.5 millones de personas; pero más   importante aun, es el hecho de que esta ley no es finita, sino progresiva, por lo que da cobertura desde ahora a todos aquellos que en lo futuro cumplirán 12 años.
Gracias